Reflexiones del Comandante en Jefe
 

 

 
Matrimonios con ciudadanos cubanos

Para efectuar matrimonio en Cuba, un ciudadano extranjero debe contactar con la Consultoría Jurídica Internacional con teléfono (00.53.7) 204.24.90, fax (00.53 .7) 204.23.03 y domicilio en la calle 16 número 314, entre 3ra. y 5ta., municipio Playa, Ciudad de La Habana o en las filiales que tiene en las provincias del país.


Para conocer más detalles acerca de la celebración del matrimonio debe contactar directamente con la Consultoría.
Para celebrar el matrimonio en Cuba es imprescindible que cuente con su Acta de Nacimiento (válida por dos años desde su fecha de expedición hasta la fecha en que se efectúe el matrimonio) y su Acta de Inexistencia de Matrimonio (válida sólo por seis meses) en el caso que sea soltero, o Sentencia de Divorcio en el caso de ser divorciado, o si fuera viudo necesita el Acta del Matrimonio anterior y el Acta de Defunción de su anterior cónyuge.


Ambos documentos deben estar debidamente sellados; primero por las diferentes   instancias de su Estado y luego por la Secretaría de Gobernación y de Relaciones Exteriores en el D. F. para que puedan surtir efecto legal fuera de México.


Luego que ambos documentos estén legalizados deben ser llevados al Consulado para su legalización. Sin este requisito no surten efectos en Cuba. Costo de la legalización 1200.00 pesos mexicanos cada documento.

Si la persona que va a casarse no puede a viajar a Cuba, debe entonces confeccionar un Poder en el Consulado, en el que otorga facultades a otra persona que viajará o se encuentra en Cuba para que efectúe el matrimonio en su lugar. Esta persona deberá presentar los mismos documentos a los que se hizo referencia anteriormente. Para poder confeccionar que debe reflejar todas las generales,  del apoderado, el poderdante y la persona con quien desea contraer matrimonio.

El costo de este trámite es de 1200.00 pesos mexicanos.

Una vez efectuado el matrimonio, el ciudadano (a) cubano puede iniciar con la Dirección de Inmigración y Extranjería en Cuba los trámites de solicitud del Permiso de Residencia en el Exterior (PRE), categoría migratoria a la que tendría derecho.
Así mismo, una vez obtenido el Certificado de Matrimonio, este documento debe ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Cuba y posteriormente por el Consulado de México en La Habana para que pueda surtir efecto legal en México.

Matrimonios en el Consulado

Para contraer matrimonio en el Consulado se cumplen iguales requisitos que los señalados anteriormente en cuanto a la documentación. El costo del acto matrimonial es de 1800.00 pesos mexicanos y debe coordinarse previamente
 
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