La República de Cuba se gobierna bajo la Constitución
de 1976, reformada en 1992, y que define al país como un Estado
socialista de trabajadores, organizado como república unitaria
y democrática.
El órgano supremo de poder es la Asamblea Nacional del Poder
Popular, un parlamento unicameral con potestad constituyente y legislativa,
la que es elegida por el voto libre, directo y secreto de los electores
por períodos de 5 años. Sesiona en dos períodos
ordinarios, y extraordinarios cuando lo solicite más de la
mitad del número total de los 601 diputados que la componen.
La Asamblea Nacional del Poder Popular nombra el Consejo de Estado,
que es el órgano que la representa entre una y otra sesión.
Tiene carácter colegiado y, a los fines nacionales e internacionales,
ostenta la suprema representación del Estado. El Presidente
del Consejo de Estado es el Presidente de la República.
La función ejecutiva del Estado se ejerce a través
del Consejo de Ministros, que es el máximo órgano ejecutivo
y administrativo y constituye el Gobierno de la República.
Sus miembros son nombrados por la Asamblea Nacional, a propuesta del
Consejo de Estado.
Al Tribunal Supremo Popular y los demás tribunales corresponde
ejercer la función judicial. Los tribunales constituyen un
sistema de órganos estatales, estructurados con independencia
funcional de cualquier otro y subordinado jerárquicamente a
la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado.